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SALUD

29 de diciembre de 2016

Condenan a conocido médico

La Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal condenó a dos años y medio de cárcel al médico Luis Santarelli por el delito de homicidio culposo del que resultó víctima Mariela Luján Barrios.

Además, los jueces le impusieron una pena de inhabilitación especial para ejercer la medicina por el término de siete años.

La Cámara revocó la sentencia dictada por el Juez del Juzgado en lo Correccional n.° 1, Dr. José Luis Ares, que había resuelto absolver a Santarelli.

 

La víctima había ingresado al Hospital Privado del Sur el 3 de noviembre de 2007 con un cuadro de dolor abdominal, y falleció el 17 de enero de 2008 por una falla orgánica múltiple que tuvo como origen un proceso infeccioso (pelviperitonitis).

La Fiscalía imputó a Santarelli no haber agotado los estudios médicos complementarios y haber prescripto a la paciente Buscapina Compuesta, medicamento que enmascara los síntomas, lo que impidió arribar al diagnóstico correcto en tiempo oportuno, disminuyó las chances de vida de Barrios y provocó su fallecimiento.

Sostuvo la Cámara que la conducta desarrollada por Santarelli en la atención médica dispensada a Mariela Luján Barrios resulta violatoria del deber de cuidado que le demandaba la situación, incumpliendo el rol profesional al que estaba obligado como cirujano actuante.

Afirmó que el diagnóstico presuntivo (gastroenterocolitis) realizado por el Dr. Santarelli a la paciente resultó erróneo.

La Cámara afirmó que se encontraba acreditada la inconveniencia de haberle suministrado a la víctima Buscapina compuesta, cuando no existía un diagnóstico diferencial acerca del cuadro que presentaba.

Consideró negligente el obrar del imputado en la atención de la paciente en cuanto omitió realizar estudios complementarios durante 72 hs. (desde los estudios realizados el día de su ingreso hasta el día en que se practicó la cirugía), en particular la ausencia de ecografías, radiografías de abdomen y tórax y estudios de laboratorio, cuando lo único con que se contaba era un diagnóstico presuntivo, y teniendo en cuenta las complicaciones que pueden surgir de un cuadro de abdomen agudo quirúrgico no resuelto en tiempo oportuno, contingencia totalmente previsible para un médico cirujano.

Los estudios que se efectuaron 72 hs. después -el 6 de noviembre de 2007- resultaron tardíos, pues en la cirugía realizada a la víctima se encontró la presencia de una pelviperitonitis, siéndole extirpado además el apéndice, que luego del estudio histopatológico demostró la existencia de una apendicitis aguda.

La inexistencia de un diagnóstico diferencial frente a un paciente con abdomen agudo, requería de la realización de los estudios complementarios ya analizados, teniendo en cuenta los riesgos previsibles de ocurrir en el caso de que el mismo fuera quirúrgico y no se atendiera en su debido tiempo, generando un aumento del riesgo que causó la muerte de Mariela Barrios.La mala praxis imputada por el ministerio público fiscal, generó una elevación del riesgo que determinó la muerte de Mariela Barrios.fuente la brujula 24

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