Destituyeron a tres efectivos
La decisión fue dada a conocer este viernes a través de una serie de decretos publicados en el Boletín Oficial N° 3482. En ese marco, se estableció la destitución de la Policía «con carácter de Exoneración, a partir de la fecha de su notificación, al Oficial Inspector de Policía Maximiliano Ariel Mariani» por las faltas previstas en el artículo 63 incisos 6 y 7 de la Norma Jurídica de Facto Nº 1034/80, según indica el Decreto Nº 2680 del 20 de agosto.
El jefe de Policía, Héctor Lara, confirmó que Mariani había sido condenado a través de un juicio abreviado a tres años y nueve meses de prisión de cumplimiento efectivo por el delito de grooming y producción de la representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales explícitas, todo en concurso real.
La normativa citada establece cuáles son las «tansgresiones que darán lugar a sanción de destitución con carácter de exoneración o separación de retiro, impuesta por resolución dictada en sumario administrativo». En los incisos mencionados figura «haber sido condenado como autor, cómplice o encubridor de alguno de los delitos mencionados en el artículo 51 de esta ley o tener responsabilidad, juzgada administrativamente en la comisión de hechos directamente vinculados a aquellos que motivaron la instrucción de sumario penal» y «todo otro acto que afecte gravemente el prestigio de la Institución o la dignidad del funcionario».
Por otro lado, el artículo 51 del Régimen policial señala que «no podrán ser rehabilitados los empleados policiales que, juzgados administrativamente hubieran sido destituidos por haber cometido hechos directamente vinculados a aquellos que motivaron la instrucción del sumario penal por delitos de hurto, robo, extorsión, estafa o defraudación, cohecho, malversación dolosa, negociaciones incompatibles con la función pública, exacciones ilegales, contrabando y delitos contra la honestidad».
Otro dos casos.
A través de los decretos Nº 2681 y 2683 se destituyó al comisario Mauricio Martín Núñez y al cabo primero José Luis Castillo por la comisión de faltas y sanciones previstas en el artículo 62 inciso 1 y 13 del Régimen Policial. En el caso de Nuñez, el jefe de Policía confirmó que fue por estar involucrado en una situación de violencia de género.
En este caso, la Norma Jurídica de Facto establece sanciones por «no mantener en la vida pública y privada el decoro que impone la función». A su vez, sanciona «todo otro acto que afecte gravemente la disciplina o la responsabilidad de la Institución». Fuente La Arena
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno!