Jueves 28 de Marzo de 2024

  • 21º

29 de octubre de 2013

SE TERMINO LA PELEA DE CLARÍN CONTRA EL GOBIERNO

La Corte declaró constitucional la Ley de Medios

La Corte Suprema falló a favor de la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Audiovisuales, luego de un extenso litigio que comenzó en octubre de 2009 cuando el proyecto fue aprobado en el Senado por 44 votos a favor y 24 en contra.   Los jueces Ricardo Lorenzetti, Eugenio Zaffaroni, Enrique Petracchi y Elena Highton de Nolasco votaron a favor de la constitucionalidad total de la normativa, mientras que Carlos Maqueda y Carmen Argibay hicieron una aprobación parcial. Carlos Fayt fue el único que se expresó en contra de la constitucionalidad de la norma.    Es clave el aval al artículo 161 de la Ley de Medios que es el que establece a los medios que superan las licencias permitidas por la norma, la obligación de adecuarse a partir de un proceso de desinversión para el cual la legislación otorga un plazo de un año que, según ya dijo la Corte en dos fallos, está cumplido.   En diciembre de 2012, la Justicia dictó sentencia de primera instancia en la causa abierta por el Grupo Clarín contra los artículos 45 y 161 de la norma.   El juez en lo Civil y Comercial Federal Horacio Alfonso desestimó el pedido del multimedios y declaró constitucionales los artículos cuestionados. El martes pasado el fiscal Fernando Uriarte ya había dado una clara señal en el sentido en que podía expedirse Alfonso al recomendar al magistrado que desestimara la presentación del Grupo Clarín. Si bien los dictamenes de los fiscales no son vinculantes, sí son indicativos del rumbo que está tomando la causa.   La Sala I de la Cámara Civil y Comercial Federal había declarado en abril pasado la constitucionalidad de los artículos 161 y el 41 de la Ley de Medios, al mismo tiempo que había establecido la inconstitucionalidad del tope de licencias de canales de cable fijado en el artículo 45 y el artículo 48 referido a "concentración indebida", declarándolo inaplicable para el grupo Clarín, resguardando así al multimedios.   En su momento, tanto el Estado y la AFSCA por un lado, y por otro el grupo Clarín y Cablevisión apelaron la parte de los fallos que lo afectaban e interpusieron recurso extraordinario ante la misma sala de la Cámara, que declaró admisibles los mismos para que la Corte pueda pronunciarse.

COMPARTIR:

Comentarios

Escribir un comentario »

Aun no hay comentarios, s�� el primero en escribir uno!