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SOCIEDAD

27 de diciembre de 2017

General Pico

Condenaron a dos ex funcionarios de Caleufú por malversación

Se trata del exintendente y del extesorero. Recibieron una multa de 80 mil pesos e inhabilitación por un año para ejercer cargos públicos.

General Pico (Agencia) – En el Palacio de Tribunales de la Segunda Circunscripción Judicial fue medida en la tarde de ayer la sentencia por el caso de malversación de fondos públicos en la localidad de Caleufú.

El Tribunal Colegiado, integrado por los doctores Paola Loscertales, Carlos Pellegrino y José Bernal, encontró culpables al ex intendente Carlos Celestino Irrazabal (60) y al ex contador municipal José Luis Cisneros (58), mientras que absolvió a la ex viceintendenta Susana Martín (53).

Los condenados recibieron una pena de un año de inhabilitación para ejercer cargos públicos, la imposición de una multa de cerca de 80 mil pesos cada uno y la obligación de devolver casi 400 mil pesos entre ambos, para reponer los fondos malogrados.

Después del debate oral y público llevado a cabo la semana pasada, y tras evaluar las pruebas presentadas por las partes, en el mediodía de ayer, en la Sala Nº 1 de los Tribunales piquenses, los doctores Loscertales, Pellegrino y Bernal dieron a conocer la parte resolutiva de su fallo. En la misma condenaron a Carlos Irrazabal y José Cisneros como autores “material y penalmente responsable del delito de malversación de caudales públicos, a la pena de un año de inhabilitación especial. Imponiéndole multa del 20% de la cantidad distraída”.

Con esta resolución, los ex funcionarios deberán devolver el dinero de los fondos mal utilizados - 399.875 pesos -, además de pagar una multa de alrededor de 80 mil pesos cada uno.

Por otro lado, absolvieron a Susana Martí, pese a que en el debate el fiscal general Armando Agüero y el abogado querellante Silvano Romero solicitaron la condena para los tres imputados. Incluso, el pedido de ambos fue en su momento de 3 años de inhabilitación y 200 mil pesos de multa, por lo que el Tribunal impuso un castigo ostensiblemente menor al requerido por el Ministerio Público Fiscal.

El fallo

“No hay dudas que los fondos recuperados se aplicaron al pago de gastos corrientes siendo que los mismos estaban destinados por imperativo legal a prestar ayuda financiera a los productores, es decir que los caudales recuperados tuvieron una aplicación diferente a la que estaban destinados”, afirmaron en su fallo los magistrados.

“Independientemente de los esfuerzos llevados a cabo por la defensa fundados en la transparencia de los balances, la realidad económica-financiera del Municipio, es otra. A la finalización del mandato en fecha 07-12-2011, solo existían $468,57 en su cuenta, pues el dinero del Fondo Rotatorio había sido gastado”, agregaron.

Por otro lado, consideró que “debe descartarse cualquier justificación fundada en la ignorancia o el error, pues como los mismos imputados reconocieron, no ignoraban la especificidad de los fondos que dispusieron para otros fines. Así surge indudable de la prueba contable rendida en la causa en el que la partida aparece contabilizada aunque sin correspondencia en los fondos líquidos obrantes en las cuentas municipales”.

En particular, sostuvo que “es claro que Carlos Irrazábal infringiendo sus deberes malversó los fondos en cuestión, no pudiendo desconocer ni el origen, ni la afectación específica asignada por la legislación vigente a dichos bienes. Por otra parte, José Luis Cisneros en su carácter de Secretario Tesorero del Municipio, nunca observó las órdenes de pago o inversión del intendente en abierta infracción a la ley 2625 y normas concordantes, refrendando las mismas, y de esta manera consumando la malversación de caudales públicos”.

“Las conductas efectuadas demuestran un mal manejo del dinero público por parte de los funcionarios públicos, que constituye una clara violación al deber de probidad que en razón de sus cargos les está confiado y una lesión a los intereses patrimoniales del Estado”, señalaron.

Por último, se refirieron a la viceintendenta, quien resultó libre de culpa y cargo gracias a una pericia que demostró que “imputada Martín, debido a la licencia del intendente Carlos Celestino Irrazábal, asumió su interinato entre el 3 y el 12 de octubre de 2011, y entre el 17 y 21 de octubre del mismo año. A la fecha en la que asumió el 3 de octubre de 2011, el dinero proveniente de la devolución de los préstamos ya había sido afectado, lo que en nuestro concepto la releva de toda responsabilidad”. Fuente  El Diario

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